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Foto 0 en Consulado de Guayaquil: documentos necesarios para reagrupar a ascendientes: pega esta imagen en tú pagina, Foro, Myspace o Ebay con este código...
Desde que se publicara la Sentencia del Tribunal Supremo que reconoce el derecho a entrar, permanecer y circular libremente por España a todos aquellos extranjeros que tengan hijos españoles, independientemente de cual sea su lugar de procedencia siempre y cuando cumplan con el resto de requisitos que establece el Reglamento, muchos de vosotros os habéis preguntado como es exactamente el procedimiento que hay que seguir ahora para poder reagrupar a vuestros padres. Por ello, el Consulado de España en Guayaquil, atendiendo a esta nueva situación, ya ha facilitado los documentos que serán necesarios para realizar este trámite:
EN CASO DE REAGRUPACIÓN DE ASCENDIENTES
1. Formulario de solicitud de visado de cada familiar que se reagrupe. Este formulario debidamente cumplimentado y firmado se entrega gratuitamente en el Consulado o puede también descargarse a través del siguiente vínculo ( Formulario de Solicitud de Visados).
2. Fotografía actualizada tipo pasaporte con el fondo blanco, pegada en el formulario de solicitud.
3. Pasaporte con vigencia mínima de 4 meses. (original y copia)
4. Cédula de identidad del reagrupado (original y copia)
5. Partida de Nacimiento íntegra del reagrupado, original, expedida dentro de los 4 últimos meses, legalizada por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.
6. Partida de Nacimiento literal española o comunitaria del reagrupante, original, expedida dentro de los 4 últimos meses.
7. Copia del Documento Nacional de Identidad del reagrupante, o tarjeta de residencia en vigor en el caso de ciudadanos comunitario no españoles.
8. Certificado de empadronamiento del domicilio en España del reagrupante, expedido dentro de los 4 últimos meses.
9. Acta de manifestaciones o declaración notarial del reagrupante en la que manifieste su deseo de reagrupación familiar, mencionando individualmente cada uno de los reagrupados y que será responsablede cada uno de ellos. Debe estar expedida dentro de los 4 últimos meses.
10. En caso de reagrupar a ascendientes mayores del cónyuge o pareja de hecho, acreditación del vínculo de parentesco entre el reagrupante y el descendiente del solicitante de visado.
11. Copia de la tarjeta de residencia del cónyuge de ciudadano/a español/a o comunitario/a.
12. Certificado de antecedentes penales del solicitante, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos 5 años y en el que no deben constar condenas por delitos existentes en el ordenamiento español. Documento legalizado y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, este requisito sólo para mayores de edad (original y copia simple).
13. Acreditación documental de que los interesados viven a expensas del reagrupante. Se entiende que están a su cargo cuando se acredite fehacientemente que, al menos durante el último año de su residencia en España, ha transferido fondos o soportado gastos de su familiar en una proporción que permita inferir una dependencia económica efectiva. (Art. 39 e del R.D. 2393 de 30 de diciembre).
Cónsul General:
D. Sofía Ruiz del Árbol Moro.
Dirección:
calles Tungurahua y Vélez, esquina. Guayaquil. Ecuador.
Teléfono desde España:
00593 4 6017460.
Teléfono:
(04) 6017460
Fax:
00593 4 24 53024.
E-mail:
cog.guayaquil@maec.es
Consulado de España en Guayaquil
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