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Enviar a email | Las Comunas Por Juan Anibal Gómez en artistas | Por juananibalgomez@gmail.com (Jua el 06-Nov-2007 | El sentido que tiene la Ley de Comunas, no es sólo de nuevas divisiones políticas de los Barrios, tal vez el común de los vecinos así lo entienden, y la propaganda mediática del Ministerio de Descentralización fue el responsable en informar de esta manera, la verdad de la Ley de Comunas, es la participación, y qué es la participación?, tiene varias respuestas: 1.- Finalidad. A los efectos de la aplicación e interpretación de esta ley, se entiende que la misma tiene por finalidad: Promover la descentralización y facilitar la desconcentración de las funciones del Gobierno de la Ciudad, preservando su integridad territorial. Facilitar la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones y en el control de los asuntos públicos. Promover el desarrollo de mecanismos de democracia directa. Mejorar la eficiencia y la calidad de las prestaciones que brinda el Gobierno de la Ciudad. Implementar medidas de equidad, redistribución y compensación de diferencias estructurales a favor de las zonas más desfavorecidas de la ciudad. Preservar, recuperar, proteger y difundir el patrimonio y la identidad cultural de los distintos barrios. Consolidar la cultura democrática participativa. Cuidar el interés general de la ciudad. Asegurar el desarrollo sustentable. 2. la participación de cada vecino en su barrio y/o Comuna está fundamentada en la Constitución de la Ciudad A. de Bs. As., 3.- El vecino, puede participar cogobernando con la autoridad centralizada, desde la Comuna, en todos los problemas y políticas públicas faltantes, puede presentar Proyectos, aportar soluciones, puede ser el órgano de contralor del gobierno de la Comuna y también puede ser elegido Consejero Comunal, 4.- Qué es Consejero Comunal? Ser parte de la Junta Comunal, que tienen las siguientes atribuciones y derechos: a) Aprobar el programa de acción y el anteproyecto de presupuesto anual.b) Ejecutar su presupuesto y administrar el patrimonio de la Comuna.c) Disponer, de acuerdo a las previsiones presupuestarias, la adquisición de bienes.d) Aceptar donaciones y legados. e Celebrar los contratos y convenios en que la Comuna sea parte.f) Ejercer la superintendencia del personal de la Comuna. Nombrar y remover a su personal de acuerdo con la legislación vigente.g) Aprobar los anteproyectos de ley y de decreto que remite para su tratamiento, a la Legislatura de la Ciudad y al Poder Ejecutivo, respectivamente.h) Atender a la prestación de los servicios y ejercer el poder de policía dentro de su ámbito jurisdiccional, en los términos del Capítulo 1 del Título II: "Competencias y Presupuesto de las Comunas".i) Promover la participación de los vecinos en la gestión del gobierno de la Comuna y en la elaboración y planificación de las políticas previstas en el Título II de la Constitución de la Ciudad.j) Convocar a audiencias públicas y consulta popular en el ámbito de la Comuna.k) Crear y mantener actualizado el registro de las entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes, otras formas de organización que desarrollen actividades comunitarias dentro de la jurisdicción de la Comuna y vecinos, e inscribirlas a los fines de su integración y participación en el Consejo Consultivo Comunal.l) Garantizar el efectivo funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal.m) Requerir el auxilio de la fuerza pública cuando ello resulte imprescindible para el cumplimiento de sus funciones.n) Requerir asesoramiento de las distintas dependencias del Poder Ejecutivo así como de organismos técnicos, de carácter público, para la ejecución de proyectos de obras y servicios públicos.ñ) Planificar una política de comunicación ciudadana que garantice el acceso a la información y publicidad de los actos de gobierno y los informes de la Unidad de Auditoría Interna.o) Emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus competencias.p) Asesorar y emitir opinión no vinculante en la designación de cargos públicos que tengan injerencia en su ámbito comunal.q) Emitir opinión, dentro de los 30 días de recibida la actuación, acerca de toda modificación o autorización de usos, que afecten los derechos subjetivos, intereses legítimos, o intereses difusos o colectivos de los vecinos de la Comuna que se presuma de mediano o relevante impacto ambiental en los términos de la legislación vigente.r) Publicar los informes trimestrales sobre la ejecución del presupuesto en la página web del Gobierno de la Ciudad, dentro de los quince (15) días de remitidos al Poder Ejecutivo.s) En general, llevar adelante la atención de todo asunto de interés de la Comuna. 4.- Ser miembro o parte integrante del Consejo Conultivo, integrado por vecinos como Ud., u Organizaciones No Gubernamentales o Instituciones del barrio o de la Comuna donde Ud. reside, Son funciones del Consejo Consultivo Comunal: Participar del proceso de elaboración del programa de acción anual y anteproyecto de presupuesto de la Comuna y definir prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos. Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión Comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna. Presentar ante la Junta Comunal iniciativas así como propuestas para la implementación de programas y políticas de interés comunitario. Formular solicitudes de convocatoria a audiencia pública y a consulta popular. Promover, ordenar, canalizar y realizar el seguimiento de las demandas, reclamos, proyectos y propuestas de los vecinos. Promover políticas de comunicación ciudadana, de acceso a la información y de participación vecinal. Promover la utilización de los mecanismos de participación ciudadana entre los vecinos de la Comuna. Controlar la ejecución del presupuesto de la Comuna. Elaborar las normas de su funcionamiento interno en consonancia con la presente ley. Generar espacios abiertos de discusión, foros y toda otra forma de participación directa para debatir y elaborar propuestas sobre acciones, obras, programas y políticas públicas. Asesorar a la Junta Comunal sobre las materias que son competencia de la Comuna.
Observando, y analizando, UD., ahora se da cuenta que no es un tema de Límites, solamente, significa que desde ahora, quejarse en las colas del Banco, o del algún negocio de su barrio, está terminado, que el no te metás, también se terminó, y que desde ahora UD., no puede quejarse que nadie lo defiende sabe por qué?, porque desde ahora UD. es el único responsable de lo que está pasando en cada Barrio, por que UD., sabe de los problemas y también de las posibles soluciones, no es un reto, es solo informarle que la pelota de la responsabilidad la tiene UD. y ahora hay que jugar, esperamos que UD. juegue porque ya está participando en este juego que se llama COMUNAS.
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